Trámites post-defunción en Barcelona: guía completa paso a paso

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Revisado por el equipo de Proxima Serveis Funeraris

La muerte de una persona cercana, además de ser un momento particularmente duro, requiere llevar a cabo una serie de trámites. 

Disponer de información paso a paso sobre qué gestiones hay que llevar a cabo después de una muerte y cómo hacerlo puede aligerar el peso adicional que implica toda la gestión administrativa para centrarse en la gestión emocional de la situación.

Los trámites tras una defunción en Barcelona se deben llevar a cabo con diferentes entidades, siguiendo un orden concreto y con plazos determinados. Por lo general, cuando se trabaja con una funeraria, esta se encarga de explicar de forma clara los pasos a seguir y facilitar en la medida de lo posible toda la tramitación.

En esta guía resumimos los principales trámites que hay que hacer después de un fallecimiento en orden y cómo llevarlos a cabo.

Obtener el certificado médico y registrar la defunción

El primer paso es conseguir el certificado médico de defunción. Este documento incluye información sobre el fallecimiento y sus circunstancias y va firmado por un profesional de la medicina. 

La agilidad en la disponibilidad del documento dependerá de las circunstancias de la muerte, principalmente de si se trata de un fallecimiento en el hospital, en casa o de una muerte judicial

Una vez se haya obtenido este documento, se inscribe la defunción en el Registro Civil. De esta inscripción se obtiene el certificado de defunción, un documento esencial para prácticamente todas las gestiones que siguen la tramitación. 

De acuerdo con la Generalitat de Catalunya, que también recoge información sobre qué hacer ante la muerte de un familiar, la inscripción debe realizarse dentro de las 24 horas siguientes al fallecimiento.

Organizar el servicio funerario

A continuación, lo más habitual es contactar con la empresa de servicios funerarios para concretar los detalles. 

Para ello, las personas implicadas en la organización del funeral deberán haber acordado si se llevará a cabo un entierro o una incineración y cómo será la ceremonia, así como haber hecho comprobaciones relacionadas con el seguro de decesos

La funeraria suele encargarse de todos los trámites tanto del velatorio como de la ceremonia, los traslados y la incineración, así como del contacto con el cementerio para el entierro.

Si la persona dispone de sepultura en alguno de los cementerios de Barcelona, también puede ser necesario hacer un cambio de nombre.

Solicitar el certificado de últimas voluntades

Tras los servicios funerarios y el entierro o incineración, una vez transcurridos al menos 15 días hábiles desde el fallecimiento, puede solicitarse el Certificado de Actos de Última Voluntad. El registro incluye información sobre si la persona fallecida disponía de testamento y, en caso afirmativo, ante qué notaría se formalizó. 

No se trata del propio testamento, sino de la información sobre qué notaría dispone de él.

Testamento o declaración de herederos

En función de la existencia o no de testamento, los pasos a seguir son distintos.

Si existe testamento, se solicita a la notaría una copia autorizada. Para hacerlo, normalmente se requieren el certificado de defunción y el de últimas voluntades.

En caso contrario, si no existe testamento, se debe determinar quiénes son los herederos. Algunos suelen ser sencillos de determinar, cuando hay cónyuge, hijos o padres, por lo que suele ser suficiente con un acta notarial de declaración de herederos. En casos más complejos, los trámites se llevan a cabo a través de la vía judicial.

Recopilar toda la documentación económica

Aceptar una herencia no es obligatorio. Antes de tomar una decisión, es recomendable hacer un inventario completo de bienes, derechos y deudas, incluyendo cuentas bancarias, inmuebles, vehículos, inversiones, participaciones empresariales, préstamos y otras obligaciones.

Lo más habitual es recopilar la siguiente documentación, siempre que corresponda:

  • Escrituras y documentación de inmuebles.
  • Recibos del IBI.
  • Documentación relacionada con vehículos.
  • Certificados de seguros.
  • Información sobre inversiones y acciones.
  • Préstamos y otras deudas.
  • Facturas y gastos relacionados con la última enfermedad y el funeral.
  • DNI o NIE de la persona fallecida y de los herederos.
 

La Agencia Tributaria de Catalunya dispone de trámites específicos para la declaración de las herencias y detalla toda la documentación necesaria para ello. 

Aceptar y repartir la herencia

Con toda la información reunida, los herederos pueden acudir a una notaría para formalizar la aceptación y adjudicación de la herencia. 

Antes de hacerlo, es recomendable considerar todas las opciones (aceptar la herencia, aceptarla a beneficio de inventario o renunciar a la herencia) y considerar qué es lo más conveniente en cada caso.

Liquidar el impuesto de sucesiones

En Catalunya, quienes adquieren bienes o derechos por herencia están sujetos al pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

El plazo para liquidarlo es de seis meses desde la fecha del fallecimiento, si bien se puede solicitar una prórroga cuando sea necesario. 

Gestionar bancos, propiedades y otros contratos

Una vez finalizados los trámites de herencia, es momento de finalizar con los cambios de titularidad, que pueden afectar a cuentas bancarias, inmuebles, vehículos y contratos de suministros, alquiler, seguros, acciones y otras cuestiones.

Es conveniente revisar las domiciliaciones y cancelar los contratos que ya no sean necesarios.

Solicitud de prestaciones

Finalmente, es interesante comprobar si se tiene derecho a alguna de las prestaciones de la Seguridad Social, como pensión de viudedad o pensión de orfandad.

Con esta información se puede llevar a cabo todos los trámites post-defunción más comunes. En cualquier caso, haber planificado con antelación la propia defunción, mediante trámites en vida como la contratación de un seguro o la redacción de un testamento, puede facilitar mucho las cosas, junto con el asesoramiento experto de una empresa de servicios funerarios

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