Modificar el testamento es una opción al alcance de todos aquellos que han decidido dejar por escrito sus últimas voluntades para el reparto de sus bienes. Pero, para que sea legal, es necesario que se cumplan una serie de requisitos. Te lo explicamos con detalle.
El momento de hacer testamento
No existe lo que se podría considerar a nivel general un buen momento para hacer testamento. La realidad es que la muerte puede llegar en cualquier instante, incluso de forma sorpresiva. Por eso, los especialistas en temas legales destacan que nunca es suficientemente pronto. Aunque se sea joven, se puede otorgar testamento sin ningún problema. Es más, el Código Civil habilita a las personas para testar a partir de los 14 años, es decir, que ni tan siquiera es necesario ser mayor de edad.
Mucha gente va retrasando el momento de hacer testamento porque creen que con el tiempo pueden cambiar de opinión con respeto al reparto de sus bienes. Que haya un cambio de opinión es algo totalmente normal, y la legislación así lo ha entendido. Precisamente por ello, no existe un límite a la cantidad de veces que un testamento puede ser modificado. Mientras el otorgante siga cumpliendo los requisitos para poder expresar su última voluntad, puede hacer cambios.
Posibles razones para modificar un testamento
Aunque esto es algo muy personal, existen una serie de razones que son bastante habituales a la hora de justificar un cambio en el testamento. No obstante, es importante tener en cuenta que a nivel legal para hacer ajustes en las últimas voluntades no es necesario ni alegar ni probar ninguna causa o razón concreta:
- Por nacimiento de nuevos hijos o nietos.
- Como consecuencia de haber contraído matrimonio o de haberse divorciado.
- Si fallece alguno de los herederos antes que el testador.
- Por desaparición o cambios en los bienes asignados.
- Reconciliaciones familiares o distanciamientos.
En realidad, este tipo de modificaciones suelen obedecer a un cambio de opinión del testador sobre cómo desea que se repartan sus bienes, o en sus prioridades.
Por ejemplo, en un principio una persona puede decidir repartir sus bienes a partes iguales entre sus hijos. Pero, con el paso del tiempo, podría cambiar de opinión y dejar una mayor porción de la herencia a aquel de sus hijos o hijas que le ha estado prestando cuidados y atención durante su vejez. O quizás por un cambio en la relación paterno-filial. Por poner algún ejemplo.
¿Qué modificaciones se pueden hacer?
Testar es un acto personal y revocable. Esto implica que se puede modificar el testamento otorgado previamente, pero también se puede hacer una revocación total del mismo, dejarlo sin efecto y no dictar unas nuevas disposiciones para el reparto de los bienes y derechos.
El Código Civil recoge la plena libertad de la persona para revocar sus disposiciones testamentarias, así como la posibilidad de hacer diferentes cambios:
- Modificaciones expresas. Reemplazan en su totalidad a lo dispuesto en el testamento anterior y dejan sin efecto lo que éste señalaba.
- Modificaciones tácitas. Solo afectan a aquellas disposiciones que se entiende que son incompatibles con la nueva versión, pero sin invalidar el documento en su totalidad.
- Testamento complementario. Puede ocurrir que el nuevo testamento no sustituya al anterior, sino que se encargue de interpretarlo o aclararlo. En este caso, ambos documentos son totalmente válidos.
Requisitos para modificar un testamento
El documento puede ser cambiado todas las veces que sean necesarias mientras el testador continúe vivo. Para hacer estos ajustes de mayor o menor entidad se le van a exigir los mismos requisitos que para testar originariamente:
- Ser mayor de 14 años.
- Estar en pleno uso de sus facultades mentales.
- Que tenga capacidad para expresar su voluntad por cualquier medio.
- Hacerlo libremente, sin estar coaccionado ni manipulado por nadie.
¿Qué testamento es el válido si se han hecho varios?
Una vez fallecido el testador, si resulta que este había otorgado varios testamentos, el único válido y que se llevará a efecto será el que tenga la fecha más reciente.
El punto anterior es válido, salvo que el testamento más reciente no cumpla los requisitos legales que se exigen a este documento, en cuyo caso pervivirá la vigencia del documento anterior.
Procedimiento para modificar el testamento
Aunque por ley no es obligatorio otorgar testamento ante notario, es lo más recomendable. Porque aporta una mayor seguridad y facilita después a los herederos tener acceso al documento, puesto que este figurará en el Certificado de Últimas Voluntades y solo tendrán que ir a solicitarlo al notario que lo tiene registrado.
Simplemente, hay que indicar que se desea modificar o revocar el testamento anterior, y dictar las nuevas disposiciones testamentarias.
A fin de evitar tener que estar cambiando el documento una vez que ya ha sido elaborado, lo que se suele aconsejar es consultar previamente con un abogado especialista en herencias. Porque el letrado puede orientar al interesado y ayudarle a encontrar la forma de repartir sus bienes que mejor se ajusta a lo que tiene en mente.
Conclusión
Modificar el testamento es un trámite sencillo y rápido, que garantiza que las últimas voluntades se ajustan lo mejor posible a lo que realmente quería el testador. Si además de saber cómo repartir tus bienes también tienes claro cómo quieres que sea tu despedida, en Proxima Serveis Funeraris estamos aquí para ti y para tus familiares.