Cuando perdemos a un ser querido, además de afrontar este duro momento personal, tenemos que realizar una serie de trámites administrativos. Y, con el paso del tiempo, es posible que tengas que hacer frente al proceso de renovación de nichos funerarios, si has escogido esta opción para depositar los restos o las cenizas.
La concesión administrativa sobre el nicho
Las unidades de enterramiento son concesiones administrativas. En realidad, no puedes comprar una sepultura o un nicho, sino que pagas a la Administración y, a cambio, adquieres un derecho de ocupación que se prolonga a lo largo de un determinado tiempo.
En el caso concreto de los nichos funerarios, lo más habitual es que la concesión dure 10 años. Decimos que es lo más habitual, porque en algunas zonas la normativa autonómica o local puede establecer plazos diferentes. Pasado ese tiempo, los herederos del fallecido pueden decidir si renuevan la concesión pagando la correspondiente tasa o la dan por extinguida.
¿Qué implica el derecho de uso en el cementerio?
Este derecho atribuye de forma exclusiva a su titular el uso del espacio o unidad de enterramiento sobre el que recae, a lo largo del tiempo previsto en la concesión. Como decíamos antes, en ningún caso se atribuye al titular un derecho de propiedad sobre el suelo.
La concesión administrativa la puede pedir el familiar del fallecido para el que se desea el nicho. Pero no es extraño que sea el futuro usuario el que prepare su despedida con antelación y solicite la concesión de un nicho. En este último caso, hay que tener en cuenta que no se admite la inhumación de cadáveres en unidades de enterramiento en las que el período de concesión restante esté por debajo de los cinco años.
El derecho se adquiere previa solicitud al Ayuntamiento y el pago de la tasa municipal que esté vigente en ese momento. Hecha la transacción, se inscribe en el libro de registro correspondiente, para que quede constancia de quién es el titular del derecho de uso del nicho.
El contrato-título de derecho que se celebra en estos casos contendrá, como mínimo, los siguientes datos:
- Identificación de la unidad de enterramiento, incluyendo los datos que permitan diferenciarla del resto y expresando de qué clase es (nicho, columbario o sepultura).
- Fecha de adjudicación y fecha de la primera inhumación (pueden no coincidir).
- Tiempo de duración del derecho adquirido.
- Datos de identificación del titular o del beneficiario «mortis causa» (el heredero).
- Posibles limitaciones o condiciones especiales de uso de la unidad de enterramiento.
¿Cómo se renuevan los nichos funerarios?
Estando próxima la fecha de vencimiento del derecho de uso en el cementerio, el Ayuntamiento contacta con los familiares del fallecido para informar de esta situación.
La familia tiene entonces un determinado plazo para abonar la tasa de renovación. Si paga en tiempo y forma, se prorroga automáticamente la concesión por el tiempo previsto legalmente.
En caso de que no se proceda al abono, los familiares deben gestionar la exhumación de los restos del difunto, y hacerse cargo de estos. Si no lo hacen, serán los servicios funerarios municipales los que se encargarán de esta tarea y procederán a depositarlos en la fosa común del camposanto.
¿Quién es el responsable del mantenimiento de un nicho funerario?
Los cementerios cuentan con un servicio que se encarga del mantenimiento de las instalaciones comunes, pero no de las unidades de enterramiento. El cuidado y mantenimiento de las mismas es responsabilidad exclusiva de los titulares, por eso es habitual ver a familiares haciendo labores de acondicionamiento como limpiar las lápidas o retirar las flores secas.
En caso de que un nicho sufra un daño causado por un tercero, el titular debe denunciar este hecho ante al Ayuntamiento o ante la empresa que gestione el cementerio. Si esto ocurre, es conveniente aportar todas las pruebas posibles para que se pueda localizar al responsable y la reclamación de daños sea efectiva.
¿Se puede cambiar la titularidad de un nicho?
Si fallece el titular, el contrato de concesión de derecho de uso del nicho pasa a sus herederos. Pero la ley también permite un cambio de titularidad de unidades de enterramiento entre personas vivas. Eso puede hacerse de dos formas:
- Mediante comparecencia de los interesados en la oficina municipal encargada de estas gestiones.
- A través de un escrito de renuncia formalizado ante notario por parte del titular actual y a favor del nuevo titular. Este documento se presenta después en la oficina municipal correspondiente para que quede constancia del cambio de titularidad.
Conclusión
Los nichos funerarios son unas de las unidades de enterramiento más utilizadas en la actualidad. Sin embargo, existe un cierto desconocimiento en torno a los mismos y la forma de funcionamiento de sus concesiones. Por eso, esperamos haber resuelto todas tus dudas en torno a este tema. Si lo que necesitas en este momento es un tanatorio en Barcelona para despedir a un ser querido, en Proxima Serveis Funeraris estamos siempre a tu disposición.